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El Colombiano
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El periódico antioqueño causó estigmatización a la población transexual al desinformar sobre una circular que emitió la Superintendencia Nacional de Salud.
La tergiversación se basó en publicar información sin contrastar, sobre que, supuestamente, los niños de tres años podían hacer esterilización quirúrgica o aplicación de hormonas. Sin embargo, no hay una ley que lo permita y la Supersalud no tiene esa potestad.
Esa noticia dio pie para que congresistas conservadores y activistas religiosos hicieran campaña en contra de los derechos de la población trans.
23 de octubre de 2024 * Colombia
La organización La Liga de Salud Trans denunció en redes sociales que el periódico El Colombiano estigmatizó a la comunidad transexual de Colombia al malinterpretar una circular que emitió la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) el 20 de septiembre, con la que busca garantizar la atención a salud integral de la población trans.
La Liga de Salud Trans, una red nacional de personas y organizaciones trans y no binarias que exige mejor acceso y calidad en salud, dijo que El Colombiano presentó la información de manera falsa y prejuiciosa, por lo que legitima y refuerza la discriminación. “Circular de la SuperSalud habla de garantizar esterilización quirúrgica y afirmación de género a niños y niñas trans”, es el titular que acompaña la nota y que para esta organización genera conflicto, pues se sigue utilizando a menores de edad para alimentar discursos de odio.
“Detrás de esta táctica se oculta una intención deliberada de avivar odios colectivos, desinformar, generar pánico y movilizar a la población en contra de los avances para la población trans, todo bajo la premisa engañosa de ‘proteger’ a lxs niñxs (sic)”, dice en la denuncia La Liga.
Esa interpretación de El Colombiano que, según dice la denuncia, es sesgada porque no da el contexto de la noticia, desinforma y dio pie para que activistas religiosos y políticos de línea conservadora aprovecharan para tergiversar lo que está contemplado en la circular de la Supersalud. Por ejemplo, señalaron que promueve el cambio de sexo en niños, que permite la castración física o el suministro de hormonas a partir de los tres años de edad.
Al revisar la circular de la Supersalud, no se encuentran ninguna de las anteriores afirmaciones; no hace obligatorio la intervención quirúrgica en menores de tres años ni que se les aplique hormonas, lo que hace el documento es entregar una serie de instrucciones de inspección y vigilancia, recogiendo las sentencias emitidas por la Corte Constitucional, para garantizar y mejorar el acceso a la salud de las personas trans, incluidas las infancias, para que no sean discriminadas ni se les impongan barreras en el sistema de salud.
“Proteger los derechos de los usuarios, en especial, su derecho al aseguramiento y al acceso al servicio de atención en salud, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y estándares de calidad”, se lee en la circular.
Fernande Álvarez, quien hace parte de La Liga de Salud Trans dice que en la noticia de El Colombiano hay desinformación, “porque ellos en primera plana, que es básicamente lo que lee la gente, lanzan la afirmación de que esta circular lo que busca es procesos de transexualización y mutilación de niños y niñas, y esto es falso. Primero es absurdo porque la Superintendencia no tiene el poder de decir, ‘hagan eso’, ni es su función. Es un órgano de control y vigilancia. Y por otro lado, en ninguna parte de la circular dice eso”.
Dice Álvarez que pocas personas leen más allá del titular. “Ni los congresistas leen la noticia completa y menos la circular”, dice, lo que ocasionó una ola de desinformación que fue aprovechada por personas que se oponen a las propuestas de inclusión transexual.
Y agrega que para los sectores antiderechos el caballito de batalla contra la población trans es el tema de las infancias “y pues es algo muy grave porque primero existen niños y niñas trans; segundo, porque acuden al mismo lenguaje de siempre: ‘Van a mutilar a los niños, van a esterilizar a los niños’. Entonces, esto sigue alimentando esas ideas falsas de que ese es nuestro fin, como movimiento trans, y no lo es”.
Lo que es grave con la noticia difundida por El Colombiano y con las reacciones frente a la circular, es que se hizo caso omiso a la situación actual de la población trans en temas de derechos a la salud. Explica Álvarez que la Superintendencia hizo un trabajo de analizar cómo es el estado de cosas frente al derecho a la salud de las personas trans, “el cual presenta muchos baches, muchas barreras y a la hora de aplicar como tal los mandatos legales, a la hora de cumplir las sentencias, muchos profesionales de salud, muchas entidades no acatan esto y hay entonces un montón de barreras, un montón de discriminación en este sector en específico”.
La Supersalud aclara al inicio de la circular que esas instrucciones se hicieron por medio de peticiones, quejas, reclamos y denuncias, además de sentencias de tutela en las que se destacan barreras de acceso. La focalización poblacional comprende a personas trans que sean víctimas del conflicto armado, personas en situación de habitabilidad de calle, con pertenencia étnica, con discapacidad, migrantes, privadas de la libertad, gestantes, infancias y adolescencias trans, personas mayores, con VIH/SIDA, y personas trabajadoras sexuales, dice el documento, por lo tanto no está enfocado en niños, específicamente.
En este caso, la desinformación y/o la estigmatización también corrieron por cuenta de la emisora La Fm, del congresista Luis Miguel López, del activista religioso Jonathan Silva y de la influencer Camila Rojas.
En Colombia no hay una ley que permita, prohíba o regule los procedimientos quirúrgicos para afirmación de género en menores de edad, incluso, para personas mayores de edad se requiere de un proceso que puede tardar años que va desde, terapias sicológicas, tratamientos médicos, como aplicación de hormonales y cirugías de reasignación sexual, así como cambios en documentos oficiales para reflejar el género con el que la persona se identifica.
Todo ello es avalado por la Corte Constitucional, inicialmente, mediante la Sentencia T-771 de 2013 que asegura el derecho a la salud que permite el tratamiento para reafirmación sexual quirúrgica o cambio de sexo de las personas transgénero. Luego, la Sentencia T-063 del 2015, permite el cambio de sexo en el registro civil de nacimiento, en la cédula de ciudadanía y pasaporte mediante trámite notarial.
Después, está la Sentencia T-363 del 2016 que plantea la protección del derecho a la igualdad, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad, “es el respeto absoluto por la expresión de la identidad de género o la orientación sexual” y la prohibición de la discriminación en establecimientos educativos.
En la Sentencia T-447 del 2019, la Corte se pronunció en favor de la construcción identitaria de los menores de edad, siendo la primera para las infancias y adolescencias, donde es posible el cambio de nombre y sexo en el registro civil de nacimiento.
La Supersalud en la circular, siguiendo las mismas directrices de la Corte, citó la sentencia T-218 de 2022 que reconoce la autonomía de los menores para tomar decisiones sobre su identidad de género, destacando el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual y rechaza la idea de que los menores no tienen capacidad para tomar estas decisiones, priorizando el derecho al diagnóstico y proceso de reafirmación sexual, además de su debido derecho a recibir atención médica adecuada.
Lo que dice esta institución judicial es que desde los tres años, los niños empiezan a reconocer la noción de género y comienzan a construir su identidad, esto no significa que a esa edad esté definida ni que se van a someter a tratamientos o cirugías de cambio de sexo, como se ha tergiversado.
Pero la circular no sólo se queda en temas de identidad de género, también dice que es necesario capacitar al personal de salud en temas de derechos humanos y enfoque de género; adaptar los sistemas para que se tenga en cuenta el nombre identitario de las personas trans; construir bases de datos con la información de la población trans que accede a los servicios de salud, entre otros, pues existen múltiples violencias y discriminaciones que atentan contra los derechos de estas personas.
En el boletín anual de 2023 de la Defensoría del Pueblo sobre derechos humanos de personas OSIGD (orientación sexual e identidad de género diversa) – LGBTI, llamado Una radiografía del prejuicio, visibiliza los riesgos y condiciones de vulnerabilidad que afectan el acceso y la garantía de derechos de esta población. El documento dice que desde temprana edad las personas diversas enfrentan situaciones de exclusión y prejuicio.
Este boletín informa que en 2023 la Defensoría brindó asesorías por situaciones de discriminación y violencia a 248 personas por identidades de género y 232 personas con orientaciones sexuales diversas. “Las mayores atenciones se realizaron a mujeres transgénero jóvenes y adultas, con 116 casos registrados, seguidas por 30 casos de personas no binarias adultas. Asimismo, frente a la orientación sexual, los hombres gais y las mujeres lesbianas adultas solicitaron 106 asesorías”.
Las barreras más visibles para las personas OSIGD-LGBTI, son en acceso a educación y salud. Este reporte muestra que sólo el 9 por ciento de esta población accedió a la educación superior y sólo el 35 por ciento de las personas culminaron su bachillerato.
“La violencia psicológica, con 54 por ciento, es la más comúnmente reportada y la que es transversal a otras violencias, seguida de la violencia física, con un 25 por ciento; la económica, con un 11 por ciento y la sexual, con un 8 por ciento. Las mujeres transgénero son las que más reportaron violencia psicológica y física”, dice el boletín.
Con relación a la violencia en el sector salud, la Defensoría, a través de la Delegada para los Derechos de las Mujeres y Asuntos de Género orientó 91 casos, de los cuales 47 fueron a mujeres transgénero, 14 a hombres transgénero, 12 a personas no binaras, 9 atenciones a hombres homosexuales, 5 a mujeres lesbianas y 4 a personas bisexuales. Los departamentos con mayor demanda por estos casos fueron Valle del Cauca, Meta, Caldas, Quindío.
Según la Defensoría, en Colombia la discriminación y el prejuicio siguen legitimándose a través de actos de complicidad social y violencia por prejuicio institucional en contra de la población OSIGD-LGBTI, que llevan a graves violaciones de los derechos humanos.
Álvarez, de la Liga de las Salud Trans, dice que sí hay avances pequeños en términos de derechos frente a esta población, pero a nivel social siguen los discursos de odio, sobre todo en redes sociales o ciertos medios de comunicación. “Se siguen equiparando a las personas trans con delitos o llega una noticia de estas que genera mucho más odio y que muchas más personas trans en edades tempranas se encuentren perdidas, se encuentren señaladas, no solamente por sus compañeros, sino de sus profesores, de sus directivos, el desconocimiento que hay también en las familias”, dice.
La Liga de la Salud Trans pidió a El Colombiano que se retracte, rectifique y repare ya que esa desinformación pone en riesgo los avances normativos. “La irresponsabilidad en la difusión de información puede tener consecuencias devastadoras. Debemos construir un discurso que promueva la verdad y la inclusión, en lugar de la manipulación y el miedo. Pasar esto como un simple ‘titular desafortunado’ en la práctica nos quita derechos a las personas trans y se convierte en actos (de) violencia y exclusión en las calles”.
Dice Álvarez que el periódico no respondió a la petición de rectificación.
Para conocer más sobre este tema, consulte el ABC que la Supersalud elaboró sobre esta resolución que fue usada para desinformar y estigmatizar a la población trans.
Entre el 14 de enero del 2016 hasta el 31 de marzo del 2024
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